El Supremo da seis meses al Gobierno para subir los sueldos de más de 870 investigadores científicos

  • Se trata de 877 funcionarios, procedentes de la Escala de Investigadores Titulares de los Organismos de Investigación
  • El Ejecutivo se escudaba en las limitaciones de incremento de gasto público de las leyes de presupuestos para los años 2014 y 2015, pero el alto tribunal no reconoce dichas limitaciones

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El Tribunal Supremo ha establecido que el Gobierno ha «incumplido su deber jurídico» al no subir los sueldos de 877 investigadores científicos según lo que establece la Ley de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación. Por tanto, el alto tribunal ha sentenciado que el Ejecutivo popular tiene un plazo máximo de seis meses para actualizar los salarios de los más de 870 funcionarios procedentes de la Escala de Investigadores Titulares de los Organismos de Investigación.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo ha estimado así el recurso presentado por una veintena de investigadores de entidades públicas contra la inactividad reglamentaria del Gobierno. De acuerdo con una nota de prensa del alto tribunal, a la que ha tenido acceso eldiario.es, del desarrollo de la legislación anteriormente citada dependen una gran parte de las retribuciones de los funcionarios, en particular sus complementos por méritos investigadores (quinquenios) y de excelencia científica del complemento específico (sexenios).

Los científicos que han recurrido ante el Supremo alegan que a pesar de que la entrada en vigor de dicha previsión legal estaba prevista para el 1 de enero de 2014, además del «claro y expreso mandato de desarrollo reglamentario», el Gobierno ha incurrido en un «claro supuesto de inactividad formal normativa».

El Gobierno no ha negado la inactividad, pero consideraba que había una causa legal que permitía su incumplimiento. El motivo, según el Ejecutivo, eran las limitaciones de incremento de gasto público de las leyes de presupuestos para los años 2014 y 2015, normas que establecen un mandato explícito y general de control del déficit.

Sin embargo, el Supremo aprecia que el Gobierno «ha incumplido de un deber jurídico que viene representado por una actuación de la Administración –por omisión- al margen de las previsiones legales y contribuyendo a que éstas queden sin efecto”.