Imposible recorrer 100 kilómetros en 20 minutos: una sentencia desmonta el sistema de guardias de la sanidad gallega

La Xunta hipotecaba la vida de médicos residentes en Ourense obligándolos a cubrir en Valdeorras guardias «localizadas» por las que paga menos que las “presenciales”, obviando las dificultades de desplazamiento

Hospital de Valdeorras y fragmento de la sentencia

Hospital de Valdeorras y fragmento de la sentencia Praza Pública

De Ourense capital al hospital comarcal de O Barco de Valdeorras el medio de transporte más rápido es el vehículo particular, con el que se tarda una hora y media circulando unos cien kilómetros por la sinuosa y peligrosa N-120. Sin embargo, el Sergas venía obligando a médicos residentes en Ourense a que cubriesen guardias en Valdeorras pagándolas como “localizadas”, de menor coste que las “presenciales” ya que sólo exigen a los médicos presentarse en el hospital en un plazo máximo de 20 minutos desde que son avisados. Una sentencia,  avanzada por Diario Médico y a la que ha tenido acceso este diario, ratifica ahora que realmente los médicos tenían que “permanecer continuadamente en O Barco de Valdeorras, a más de 100 kilómetros de su hogar” y obliga al Servizo Galego de Saúde (Sergas) a pagarles más por esa situación como guardias “presenciales” que eran en la práctica.

La sentencia fue emitida por el juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Ourense tras un recurso presentado por un pediatra con nombramiento temporal en el complejo hospitalario universitario de Ourense (CHUO) al que se obligaba a cubrir guardias en Valdeorras bajo la más barata modalidad de “localizada”. El texto concluye que el Sergas “está otorgando un trato discriminatorio y desigual a los pediatras con nombramiento interino o temporal del CHUO respecto de los fijos”.

El juez relata que “cuando se produce la necesidad puntual de remitir algún facultativo pediatra de Ourense a O Barco de Valdeorras, sólo se envía a un fijo si lo acepta voluntariamente, remunerándole el servicio como guardia presencial; sin embargo, a los pediatras temporales o interinos del CHUO se les impone la obligación de acudir a O Barco de manera forzosa, y además con remuneración de guardia localizada en lugar de presencial”.

La sentencia constata que “con toda evidencia” esas guardias en Valdeorras de médicos residentes en Ourense “no pueden calificarse de localizadas” ya que este tipo de guardias implican “la exigencia de presentarse en el hospital en un plazo máximo de 15-20 minutos desde el momento en que se avise al médico, lo que resulta imposible si se reside en Ourense, a una distancia mínima de hora y media de O Barco de Valdeorras”. El juez dice que ese tipo de guardias “deben equipararse a las de presencia física, por la sencilla razón de que durante su vigencia el facultativo (adscrito al distrito de Ourense y residente por tanto en dicha ciudad) ha de permanecer continuadamente en O Barco de Valdeorras, a más de 100 kilómetros de su hogar, familia, lugares de ocio, etc.”

El juez condena al Sergas “a que establezca un nuevo sistema para cubrir las guardias de facultativos especialistas pediatras en O Barco de Valdeorras, previo trámite de consulta a los representantes de los trabajadores”, dándole “idéntico tratamiento a los pediatras temporales que a los fijos”, pagando las guardias “como de presencia física” y equiparando los descansos posteriores.

Supresión de áreas sanitarias y crítica a la Xunta

Más allá de la demanda concreta y la condena, la sentencia también critica la lentitud del Sergas en solucionar el problema de fondo de la falta de pediatras en O Barco y evidencia cómo la Xunta aprovechó la supresión del área sanitaria de Valdeorras y su integración en la de Ourense para tirar de los médicos de esta última en vez de contratar nuevos facultativos.

El demandante argumentaba “la imposibilidad de destinar forzosamente a un facultativo especialista de un área sanitaria (Ourense) a otra distinta (O Barco de Valdeorras), y el juez le da la razón, pero sólo para su reclamación sobre los años previos a la entrada en vigor la pasada primavera de la contestada ley autonómica 1/2018 con la que la Xunta hizo desaparecer integrándolas en otras a las áreas sanitarias de Valdeorras, Monforte, A Mariña y O Salnés. Pero más allá de ese cambio legal que ya permite a la Xunta obligar a médicos de Ourense a trabajar en Valdeorras, el juez se pronuncia también sobre “el concreto déficit de pediatras en la comarca de O Barco” y dice que “el Sergas no ha adoptado en el último año medidas relativamente sencillas para poder cubrir los puestos no desempeñados efectivamente en dicho distrito, como por ejemplo mediante una convocatoria pública de interinos”.