Los sindicatos advierten sobre la sentencia del Constitucional que avala el despido: «Puede tener un efecto llamada»

Los sindicatos están en alerta tras conocerse la decisión del Tribunal Constitucional, que en una sentencia de este martes avaló el despido de trabajadores por faltar a trabajo de forma reiterada, aunque esas faltas estén justificadas. CC OO ha señalado que las consecuencias pueden ser un «efecto llamada».

El Constitucional justifica en su decisión al empresario, que aplicó para el despido el artículo 52 del Estatuto de los Trabajadores, que señala que un empleado puede ser despedido por faltas de asistencia intermitentes, aún cuando estén justificadas.

«Esta sentencia puede generar un efecto llamada y tenemos que evitarlo»

«Hasta ahora, las empresas no han utilizado este artículo porque es antisocial, pero esta sentencia puede generar un efecto llamada y tenemos que evitarlo», señala Francisco Gualda, responsable del Gabinete de Estudios Jurídicos de CC OO, a 20minutos.es.

Gualda insiste en que la aplicación de este artículo conlleva «una coacción que se realiza a la persona: porque o renuncia a la salud o al empleo». Además insiste en que es un «atentado a la estabilidad de empleo y legitima el criterio empresarial, defendiendo sus intereses».

«Es una norma pensada en un momento social totalmente diferente al siglo XXI»

«Se trata de una norma pensada en un momento social totalmente diferente al siglo XXI, que legitima el despido de las personas y que va en contra de las normas europeas que establecen que es discriminatorio el despido por incapacidad», añade Gualda que insiste en que se trata de una primera valoración de la sentencia y que tendrán que estudiarla más en profundidad para ver los límites que se pueden establecer y garantizar una cobertura social.

Trabajar aún estando enfermo

Por su parte, Pedro José Linares, secretario de Salud Laboral del sindicato, considera que la del Constitucional es una «mala sentencia» porque antepone los intereses empresariales de productividad sobre la propia salud de los trabajadores.

Linares recuerda que, antes de la reforma de 2012, el precepto del Estatuto de los Trabajadores se refería a faltas al trabajo colectivas, cuando era un grupo de trabajadores el que no asistía a la empresa. Pero después de la reforma impulsada por el PP se refiere a faltas individuales.

«Si el trabajador cree que puede ser despedido, no hará uso del derecho a la recuperación de la salud»

«La sentencia tiene un efecto disuasorio sobre el propio trabajador, que si cree que puede ser despedido probablemente no haga uso de un derecho que le asiste a la recuperación efectiva de la salud», señala.

«De alguna forma se culpabiliza a los trabajadores de la enfermedad, obligándoles a no ejercer sus derechos para garantizar la productividad de la empresa, lo cual le lleva a asistir al trabajo aún estando enfermo», menciona. «No se puede superditar el derecho a la salud a la productividad de la empresa».

Linares también señala que hay dificultades para determinar la gravedad de las enfermedades. «Al final se va a convertir en procesos judiciales el determinar que cualquier patología se convierta en enfermedad profesional, será a única garantía de que no puedas ser despedido por causas objetivas».

Linares también cuestiona que se obligue a que el trabajador tenga que entregar información privada al empleador, un hecho que vulnera la privacidad.

Discriminación

La sentencia también abre la puerta a que el empresario discrimine a los trabajadores, pues es su decisión aplicar el precepto, y puede hacerlo a unas personas y a otras no.

«Lo que este tiene de particular es que puede utilizarse de manera discriminatoria y unilateral, señalando a una persona en concreto sin tener que hacer una justificación del daño que se está haciendo a la empresa», considera.

El sindicato está analizando a fondo la sentencia del TC para ver si tiene aún recorrido judicial. De momento, insta al Gobierno a que derogue la reforma laboral para no vulnerar estos derechos de los trabajadores.

UGT: derogar la reforma

Por su parte, el secretario de Acción Sindical de UGT Castilla y León, Raúl Santa Eufemia, ha insistido también en la necesidad de derogar las dos últimas reformas laborales, sobre todo la de 2012, ya que considera que se ve respaldada por la reciente sentencia que avala la extinción de un contrato laboral por causas objetivas si hay ausencias justificadas aunque sean intermitentes.

El dirigente sindical ha considerado que esta decisión va en la línea de las reformas laborales cuya derogación reclaman los sindicatos y ha aseverado que «no se puede permitir» más que se mantenga esta normativa al tiempo que ha advertido de que el Gobierno que salga de las urnas el próximo 10 de noviembre tendrá «de frente» a UGT si no derogan dichas reformas.

Absentimos, «enfermedad económica»

Por su parte, el presidente de la CEOE, Antonio Garamendi, ha criticado este miércoles que el fraude en el absentismo laboral parezca una «enfermedad económica»: que sube cuando las cosas van bien y baja cuando van mal.

En declaraciones a EFE en el Foro Alianza del Pacífico, Garamendi ha evitado valorar la sentencia del Constitucional, pero ha arremetido contra el fraude en las faltas al trabajo.

«Hay otro elemento, que no tiene nada que ver con la sentencia, que es el fraude por absentismo», ha señalado Garamendi que ha vinculado su evolución con el ciclo económico.

«Curiosamente parece que es una enfermedad económica, que cuando las cosas van bien sube y cuando van mal baja, y sabemos que hay un porcentaje elevado de ese fraude por absentismo», ha añadido el presidente de la patronal, que ha calificado estas prácticas de dumping (competencia desleal) a empresas y trabajadores.

«Estoy hablando de fraude en absentismo y no de absentismo», ha insistido Garamendi.

Sobre la sentencia, Garamendi ha apuntado que el departamento de laboral de la CEOE «tiene que estudiarla» y que aún no tiene una opinión.


+info relacionada: El Constitucional avala el despido si hay faltas de asistencia intermitentes aunque estén justificadas – publico.es, 29-10-2019