Maza no sancionará a Moix porque entiende que ser fiscal es compatible con ser dueño de una empresa en Panamá

  • La Fiscalía General del Estado descarta abrir un procedimiento disciplinario a Moix, forzado a dimitir como jefe de Anticorrupción después de que infoLibre desvelase que era propietario del 25% de una sociedad panameña
  • El Tribunal Supremo tiene que decidir si admite a trámite una querella presentada contra Moix por tres supuestos delitos al archivar sin investigar denuncias contra Ignacio González

El ex fiscal jefe Anticorrupción Manuel Moix el día antes de presentar su renuncia al cargo // EFE

La Fiscalía General del Estado descarta abrir un procedimiento disciplinario al ex fiscal jefe Anticorrupción Manuel Moix al no encontrar incompatibilidades de su cargo con ser dueño de un 25% de una sociedad en Panamá.

Después de que infoLibre desvelase los intereses de Moix en Panamá, la Fiscalía General del Estado recibió una denuncia del Partido Contrapoder, representado por el abogado José Luis Mazón, en el que se pedía abrir un expediente gubernativo contra Moix.

El artículo 57.7 del Estatuto de la Carrera Fiscal señala como incompatible con cargos fiscales «el ejercicio de toda actividad mercantil». Asimismo, el artículo 57.8 de esta misma ley establece que los fiscales no pueden desarrollar las «funciones de director, gerente, administrador, consejero, socio colectivo o cualquier otra que implique intervención directa, administrativa o económica en sociedades o empresas mercantiles, públicas o privadas de cualquier género».

Ante esto, el fiscal jefe Inspector de la Fiscalía General del Estado, Fausto Cartagena Pastor, emitió un decreto el pasado 26 de julio, en el que directamente archiva este expediente gubernativo al no encontrar motivo disciplinario alguno en los hechos denunciados, según adelantó Europa Press y confirmó después oficialmente la Fiscalía.

«No se advierte en los hechos denunciados atisbo alguno que permita incardinarlos en el tipo infractor disciplinario que pretende la denuncia, ni en ningún otro, sin que tampoco resulte procedente practicar diligencia alguna«, dice el fiscal inspector.

Añade que ser el titular del 25% de una sociedad cuyo único bien es un inmueble —un chalé en Collado Villalba (Madrid), heredado de su padre—, «sin participar en ese ente no comporta la comisión de infracción disciplinaria alguna».

Maza defendió a Moix

La decisión del jefe del departamento de Inspección del Ministerio Público coincide con la opinión del fiscal general del Estado, José Manuel Maza, quien ha destacado en numerosas ocasiones que esta sociedad en Panamá no tiene atisbo de «ilegalidad», ni de «incompatibilidad» con el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, al tratarse de una herencia. «No obliga a comunicar su herencia a los superiores», precisó Maza en la rueda de prensa en la que anunció la dimisión de Moix.

Por otro lado, el fiscal Cartagena defiende que la Inspección Fiscal no está obligada a iniciar una investigación de naturaleza disciplinaria «ante cualquier queja o denuncia» para «evitar actuaciones gratuitas o innecesarias» o que «puedan comprometer públicamente su buen nombre personal y profesional sin existir para ello debida justificación».

Contra esta decisión de la Fiscalía General del Estado cabe interponer recurso de reposición en el plazo de un mes ante la misma Inspección Fiscal o, alternativamente, un recurso ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

La Fiscalía del Supremo tampoco investigó

La Fiscalía del Tribunal Supremo también rechazó el 26 de junio de 2017 investigar a Moix por los mismos hechos, al considerar que ser dueño de un 25% de una sociedad en el paraíso fiscal de Panamá no responde a ninguna «conducta corrupta».

Manuel Moix dimitió después de que infoLibre desvelase que desde 2012 es dueño junto a sus hermanos del 25% de la empresa Duchesse Financial Overseas, constituida en 1988 en Panamá y propietaria de una propiedad inmobiliaria en Collado Villalba. Estuvo al frente de la Fiscalía Anticorrupción tan sólo 87 días.

Su gestión ha estado entredicho por las diversas polémicas nacidas por sus discrepancias con otros fiscales, como los del caso Lezo, o la sustitución de los adscritos al conocido caso 3% de CDC. Esta última decisión fue revertida por su sustituto, Alejandro Luzón, poco después de llegar al cargo.

Querella pendiente en el Supremo

La que sigue pendiente de una decisión de Tribunal Supremo es la querella presentada contra Moix por el archivo de dos denuncias contra el expresidente de la Comunidad de Madrid Ignacio González.

En una providencia fechada el pasado 14 de julio, la Sala Segunda del Tribunal Supremo pidió a la Fiscalía que se pronuncie «sobre la competencia y contenido de la querella formulada». El Alto Tribunal tiene que decidir si admite a trámite la querella.

La querella fue presentada por el Tribunal Ciudadano de Justicia-15M (TCJ-15M), a través de la asociación Contratrama, y en ella se acusa a Manuel Moix de archivar sin investigar dos denuncias presentadas en 2007 y 2009 contra Ignacio González, expresidente de la Comunidad de Madrid ahora encarcelado. En aquel momento Moix era el fiscal jefe de Madrid y él mismo firmó los dos decretos de archivo de las denuncias. Los querellantes sostienen que si el entonces fiscal jefe de Madrid hubiese practicado unas mínimas diligencias de investigación se habría desmontado hace diez años la presunta trama corrupta liderada por González. Contratrama, que aportó abundante documentación al Supremo para probar sus acusaciones, considera que esa actuación de Moix podría ser constitutiva de prevaricación, encubrimiento y omisión de perseguir delitos.

El tribunal que decidirá sobre Moix está presidido por Manuel Marchena, que también es presidente de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo y a quien en ámbitos jurídicos se considera el ideólogo de algunas políticas judiciales del PP. Completan la Sala los magistrados Francisco Monterde, que actúa como ponente, y Alberto Jorge Barreiro.

En este caso se produce una circunstancia ciertamente infrecuente: la Fiscalía deberá pronunciarse sobre la actuación presuntamente delictiva de uno de sus miembros, ya que Moix es ahora fiscal de Sala del propio Supremo.

«Manuel Moix decretó el archivo de las denuncias sin realizar diligencias de investigación esenciales, a pesar de que su práctica había sido solicitada expresamente por los denunciantes. La realización de esas diligencias elementales habría servido ya en 2007 para descubrir una de las operaciones de corrupción descritas con detalle en el auto del Juzgado de Instrucción número 6 de la Audiencia Nacional que decretó el ingreso en prisión de Ignacio González”, se indica en la querella, que firma la abogada Liliana Pineda.

Estos hechos fueron desvelados por infoLibre el pasado mes de mayo, en una información titulada “Nuevos documentos desvelan que el fiscal Moix evitó en tres ocasiones que se investigase el caso González”.

Etiquetado con: