- El Ministerio de Justicia ve visos de inconstitucionalidad en un artículo del proyecto de ley de la Inspección General y el Sistema de Alertas para la Prevención de Malas Prácticas de la Generalitat
- El Ejecutivo quiere que la Conselleria de Transparencia modifique el artículo para evitar el recurso ante el TC pero el departamento valenciano considera que no invade competencias
El Ministro de Justicia, Rafael Catalá // EFE
El Gobierno de Mariano Rajoy podría paralizar otra ley autonómica valenciana si finalmente decide recurrir al Tribunal Constitucional (TC) el proyecto de ley de la Generalitat para la Inspección General de Servicios del Sistema de Alertas para la Prevención de Malas Prácticas de la Administración. El Ejecutivo entiende que no puede haber una norma autonómica que ampare a los inspectores del Gobierno valenciano para transferir datos de los Registros Mercantiles al considerar que estas bases de datos públicas dependen única y exclusivamente del Estado.
El Ejecutivo tiene paralizadas la ley de vivienda social y de pobreza energética de la Generalitat valenciana al considerar que invade competencias del Estado. El Consejo de Ministros presentó sendos recursos de inconstitucionalidad contra estas dos normativas que impiden su aplicación en la Comunitat Valenciana y que deberán estudiarse en el Tribunal Constitucional. La de lucha contra la corrupción podría ser una nueva norma que se quede por aplicar del Gobierno de izquierdas valenciano.
En este caso, el Gobierno -en concreto el Ministerio de Justicia- ha enviado un informe a la Conselleria de Transparencia de la Generalitat que impulsa la ley en el que concluye que hay visos de inconstitucionalidad en el artículo 19 de la norma valenciana. «La regulación unilateral, vía legal o reglamentaria, por parte de la Generalitat de la transferencia de datos procedentes de las bases de datos de los Registros Mercantiles carece de amparo de constitucionalidad y estatuario, de modo que la redacción de cualquier artículo de una ley de la Comunidad Valenciana que prevea la obtención de información de bases de datos de otros organismos y entidades, respecto a la actividad mercantil debe dejar excluida de su ámbito la relativa al Registro Mercantil», concluye el informe del Ministerio de Justicia.
Fuentes del Gobierno explicaron que el espíritu del informe es de total colaboración y la voluntad final es evitar un recurso de inconstitucionalidad o una comisión bilateral entre la administración central y autonómica. Por su parte, desde la Conselleria de Transparencia consideran que el artículo 19 no invade competencias del Estado y que su única intención es consultar el Registro Mercantil, una base de datos pública pero a la que la mayoría de la población solo puede acceder pagando a través de buscadores digitales.
El artículo cuestionado por el Gobierno central reza: «El sistema -de alertas contra la corrupción- podrá obtener información de las bases de datos de otros organismos y entidades, respecto a la actividad mercantil y financiera de contratistas, proveedoras de servicios y beneficiarias de subvenciones y o ayudas públicas, de la forma que se establezca, reglamentariamente o mediante convenios, siempre que sean relevantes para la finalidad de esta ley y que quede garantizado que dichos datos han sido obtenidos legítimamente por parte del cedente de los mismos». El Ministerio de Justicia considera que vulnera la Constitución y el Estatuto de Autonomía.