Diego Cañamero y un exalcalde quedan absueltos en el juicio por participar en piquetes en la huelga general de 2010

Para Podemos, la absolución del dirigente sindical andaluz «pone en valor la derogación de un delito cuyo único objetivo era la represión a los representantes de los trabajadores».

Diego Cañamero. Foto de archivo // Álex Cámara, Europa Press

El Juzgado de lo Penal número cuatro de Sevilla ha celebrado este viernes una vista oral contra el histórico líder jornalero Diego Cañamero, líder del Sindicato Andaluz de Trabajadores (SAT), exalcalde de El Coronil y exdiputado nacional de Unidas Podemos; y contra el ex alcalde de Puerto Serrano (Cádiz) Pedro Ruiz (IU), a cuenta de su participación en piquetes informativos desplegados en el municipio sevillano de Montellano durante la huelga general del 29 de septiembre de 2010, siendo ambos «absueltos» dada la derogación de la tipicación penal en la que radicaba la acusación que pesaba en su contra.

El abogado de ambos, David Rodríguez, ha explicado a Europa Press que los dos estaban acusados de un presunto delito del artículo 315.3 del Código Penal, dirigido contra «quienes actuando en grupo o individualmente, pero de acuerdo con otros, coaccionaran a otras personas a iniciar o continuar la huelga», después de que Cañamero y Pedro Ruiz participasen en piquetes informativos celebrados en un instituto y dos colegios de Montellano aquella jornada de huelga general. A tal efecto, la Fiscalía reclamaba para cada uno de ellos tres años de prisión y sendas multas de 2.160 euros por la presunta comisión del citado delito.

Tipificación derogada

No obstante, y según el abogado defensor de ambos acusados, al comenzar la sesión, el fiscal encargado del caso ha expuesto durante la fase de cuestiones previas que por acuerdo de las Cortes Generales, el pasado mes de abril fue derogado el citado artículo 315.3 del Código Penal, enmarcado en el título relativo a los delitos contra los derechos de las personas trabajadoras, extremo que entró de hecho en vigor el pasado 24 de abril.

Dado el caso, según ha explicado el abogado defensor, la Fiscalía ha anunciada la retirada de su acusación y, al no figurar ninguna otra parte acusadora, el titular del Juzgado de lo Penal número cuatro ha anunciado ‘in voce’ la resolución «absolutoria» del procedimiento judicial, extremo que habrá de ser plasmado en una sentencia judicial. Previamente, los aledaños del edicio Noga, que alberga el citado juzgado de lo Penal, eran el escenario de una concentración del SAT en apoyo a Diego Cañamero y Pedro Ruiz, marco en el
cual Cañamero ha recordado que desde 2009 ejerce una actitud de «insumisión judicial» ante las causas que había en su contra, con lo que no ha asistido tampoco a esta vista oral.

Un piquete «totalmente informativo»

Tras conocer que la Fiscalía había decidido retirar su acusación, el histórico dirigente jornalero ha defendido que era «insostenible que la Fiscalía siguiera con la petición de tres años de cárcel en un piquete pacifico, donde la Guardia Civil iba escoltando al piquete, que era totalmente informativo».

«Si la fiscalía quiere que haya justicia, que atienda otras situaciones como el acoso sexual en los campos de Huelva (a las temporeras), la quema de chabolas en los campos de Moguer y Palos de la Frontera y también en los invernaderos de Almería», ha aseverado reclamando al Ministerio Público que actúe «donde no se respetan los derechos humanos ni la dignidad de los trabajadores».

El actual líder del SAT, Óscar Reina, ha opinado de su lado que el procedimiento judicial promovido contra Cañamero y Pedro Ruiz prueba que el sistema judicial «no es ciego, sino que se tapa los ojos para no ver la realidad o ver sólo aquella que le conviene», alegando que la Guardia Civil fue «testigo de los hechos y no hizo ningún informe», pero sin embargo la Fiscalía formuló acusación contra los citados encartados.

«Represión a los representantes de los trabajadores»

Podemos Andalucía ha celebrado que el Juzgado de lo Penal número cuatro de Sevilla haya absuelto finalmente al histórico líder jornalero Diego Cañamero y a Pedro Ruiz (IU), de presuntas coacciones por su participación en piquetes informativos desplegados en el municipio sevillano de Montellano durante la huelga general del 29 de septiembre de 2010.

Para Podemos, «esta absolución pone en valor la derogación de un delito cuyo único objetivo era la represión a los representantes de los trabajadores».

El secretario de Movimientos Sociales de la formación morada en Andalucía, Nicolás Sguiglia, ha mostrado además su apoyo «a los luchadores Diego Cañamero, Pedro Ruiz y al SAT, que representan lo mejor de este pueblo, un pueblo solidario que se juega la integridad y la libertad para defender los derechos del otro», acudiendo a la concentración de respaldo celebrada ante el
edicio Noga, que acoge el Juzgado de lo Penal número cuatro.

A la concentración también han asistido, entre otros dirigentes de la formación morada, Javier García, secretario de Comunicación de Podemos Andalucía; el diputado en el Congreso e histórico sindicalista asturiano Cándido González y Javier Sánchez, diputado y miembro de la dirección estatal de la formación morada.

Para Podemos Andalucía , el asunto «no tenía ningún tipo de recorrido judicial, puesto que es un caso contra un piquete informativo en una huelga general, algo amparado por la Constitución, que no está tipicado en el Código Penal, gracias a una derogación que se hizo precisamente para defender el derecho del conjunto de trabajadores y las trabajadoras», al derogar dicho artículo que penalizaba la «coacción a otras personas a iniciar o continuar la huelga», según la redacción de dicho artículo ya anulado.

«Una buena noticia»

La secretaria general de Podemos, Ione Belarra, ha celebrado la absolución del exdiputado de la formación en el Congreso Diego Cañamero y el exalcalde de Puerto Serrano (Cádiz) Pedro Ruiz, a quienes ha definido como «referentes en la lucha por los derechos laborales frente a los señoritos y caciques que viven en el pasado».

Así lo ha trasladado en Twitter en referencia a la decisión tomada por el Juzgado de lo Penal número cuatro de Sevilla durante una vista oral por su participación en unos piquetes informativos durante la huelga general de 2010, acordando la absolución de ambos dado que fue derogada la tipificación penal en la que radicaba la acusación que pesaba en su contra.

En la misma línea se ha manifestado el portavoz de Unidas Podemos en el Congreso, Pablo Echenique, al subrayar que en abril se derogó el «infame» artículo 315.3 del Código Penal que servía para «criminalizar a los sindicalistas y conculcar el derecho constitucional a la huelga». Gracias a ello, ha ahondado, Cañamero y Ruiz han sido absueltos en un «proceso que jamás debió iniciarse».


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