El Supremo condena a los asaltantes de Blanquerna en 2013 con penas de hasta 2 años y 9 meses

El alto tribunal rebaja en casi dos años la condena a varios de los acusados por el ataque en el centro cultural respecto a su sentencia anterior.

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Momento del ataque en el centro cultural Blanquerna, en septiembre de 2013

La Sala Segunda del Tribunal Supremo ha condenado a penas de entre dos años y siete meses de prisión y dos años y nueve meses a los 14 asaltantes del centro cultural Blanquerna, de Madrid, el 11 de septiembre de 2013. El tribunal señala en su sentencia, a la que ha tenido acceso El Salto, que el grupo de militantes de extrema derecha cometió un delito de desórdenes públicos en concurso ideal con un delito contra el derecho de reunión.

La resolución del alto tribunal aumenta, de esta manera, en alrededor de dos años la pena impuesta a cada uno de ellos frente a la condena dictada inicialmente por la Audiencia Provincial de Madrid, que osciló entre los seis y los ocho meses para cada uno de los implicados. Sin embargo, rebaja la condena respecto a la primera sentencia que emitió sobre la causa, en enero de 2017, con la que castigaba a los acusados por el ataque con penas de entre dos años y diez meses y cuatro años y dos meses de cárcel en el caso.

Los 14 asaltantes acudieron el 11 de septiembre de 2013 al centro cultural Blanquerna, en la calle Alcalá Madrid y donde la Delegación del Gobierno de la Generalitat de Catalunya ante el Gobierno del Estado había organizado un acto institucional conmemorativo de la Díada Nacional de Catalunya, rompiendo la puerta de cristal y causando destrozos por más de mil euros, empujando, escupiendo e insultando a las personas presentes mientras cantaban consignas anticatalanistas.

Los 14 asaltantes acudieron el 11 de septiembre de 2013 al centro cultural Blanquerna donde se celebraba un acto institucional conmemorativo de la Díada Nacional de Catalunya, causando destrozos y empujando, escupiendo e insultando a las personas presentes

Todos ellos están relacionados con Falange, Alianza Nacional, Democracia Nacional, Nudo Patriota Español y otras organizaciones de ideología de extrema derecha, y muchos de ellos también ligados al sector de la vigilancia privada, según publicaba en 2014 Periódico Diagonal.

Desde el Supremo señalan que con esta nueva resolución se aplica la sentencia emitida por el Tribunal Constitucional en enero de este año, en la que se estimaba el recurso presentado por varios de los acusados, eliminando las agravantes por discriminación ideológica y por daños sobre bienes de uso público.

Doce de los atacantes han sido finalmente condenados a dos años y siete meses de cárcel, entre los que se encuentra el vicepresidente de Democracia Nacional Pedro Chaparro y el jefe de comunicación de Falange Sergio Regillón, además del jefe nacional de Falange, Manuel Andrino Lobo. Mientras Juan Luis López García —que se reconoce como simpatizante de Falange— afronta una condena de dos años y nueve meses —frente a los cuatro años y dos meses de la sentencia anterior— por haber tenido “un papel protagónico” en los hechos y Jesús Fernando Fernández Gil, militante de Alianza Nacional que encabezó la acción, está ahora condenado a dos años y ocho meses frente a los cuatro años y un mes de la anterior sentencia del Supremo.