El TSJA decide que la jueza se extralimitó al dictar cautelares para suspender una charla por el derecho a decidir en Zaragoza

Durante las semanas previas al referéndum catalán celebrado el 1 de octubre los nervios estaban a flor de piel, especialmente entre las formaciones políticas de derechas. En Zaragoza el Partido Popular decidió llevar una charla por el derecho a decidir a los tribunales y la jueza dictó medidas cautelares.

El TSJA decide que la jueza se extralimitó al dictar cautelares para suspender una charla por el derecho a decidir en Zaragoza
Un momento de la charla por el derecho a decidir organizada por las Marchas por la Dignidad a las puertas del Centro Cívico Delicias // Miguel Ángel Conejos -AraInfo

Marchas por la Dignidad en Aragón demostró mucha valentía al mostrarse partidario del derecho a decidir en las jornadas previas al referéndum del 1 de octubre celebrado en Catalunya. El 23 de septiembre, en pleno clima de crispación política, que tendría su culmen con la activación del Artículo 155 de la Constitución Española, el colectivo decidió programar una charla que terminó por sacar de quicio al grupo municipal popular en el consistorio zaragozano, siempre a caballo entre la defensa patria y el ataque a Zaragoza en Común.

Jorge Azcón salía a la sala de prensa para asegurar que se trataba de un acto “ilegal” y que los locales municipales –la charla iba a tener lugar en el Centro Cívico Delicias– no podían albergar actos que atentaran “contra los valores constitucionales o los derechos humanos”. Así pues, llevó el asunto a los tribunales.

La magistrada del juzgado Contencioso Administrativo nº 5 de Zaragoza acordó, en un auto de medidas cautelares dictado un día antes de la charla, suspender la autorización que el Ayuntamiento de Zaragoza otorgó al Centro Cívico de Delicias para la celebración del acto.

Ahora todo aquello que llenara tantas páginas de noticias y llevara tanto esfuerzo al Partido Popular se desmorona. El Tribunal Superior de Justicia de Aragón, tal y como anticipaba Eduardo Bayona en una noticia en el diario Público este martes, ha asegurado que la decisión de dictar medidas cautelares bien podría estar “patrocinando una censura previa proscrita por el artículo 20.2 de la Constitución”.

En la sentencia del alto tribunal se advierte que en la denuncia del Partido Popular “no existe esa apariencia de buen derecho, necesaria para estimar la medida cautelar y suspender el acto convocado” ni existían argumentos para asegurar que el consistorio no estaba cumpliendo “los principios de objetividad y neutralidad política a que están sujetas las administraciones locales”.

Así pues la sentencia da la razón al recurso presentado por el Ayuntamiento de Zaragoza y se muestra muy contundente en cuanto a la toma de cautelares previas a actos que no han sido declarados ilegales, pues atentan contra derechos fundamentales como es la libertad de expresión, de reunión y de libertad ideológica.

Desde el Gobierno de Zaragoza ya se mostraron tremendamente contundentes con la denuncia del Partido Popular. Fernando Rivarés aseguró tras ser dictadas la medidas cautelares que se “trituraban  derechos fundamentales de la gente”. Ahora, la sentencia del TSJA, no solo le da la razón al gobierno de la ciudad sino que sienta un importante precedente en cuanto a la preeminencia de los derechos fundamentales sobre las denuncias en clave meramente política.

Al final, la charla se celebró en la puerta del Centro Cívico Delicias ante un fuerte dispositivo policial, en un nuevo gesto de valentía de las Marchas de la Dignidad, mientras que el Partido Popular fracasó en su intento de censura y fracasa, como advierte la sentencia del TSJA, en el uso partidista de los tribunales.

Etiquetado con: