Estrasburgo condena a España por no investigar la violencia policial en el Rodea el Congreso de 2012

El Tribunal Europeo condena a España a pagar 1.000 euros por daños morales por no investigar la denuncia de una mujer que fue agredida por agentes antidisturbios en un bar tras las protestas del 29 de septiembre de 2012.

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// David F. Sabadell

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha condenado a España por violar el artículo 3 del Convenio europeo para la protección de los derechos humanos y las libertades fundamentales, que afirma que nadie podrá ser sometido a tortura ni a penas o tratos inhumanos o degradantes.

Esta nueva condena a España, a la que ha tenido acceso El Salto, está relacionada con la actuación policial en la manifestación Rodea el Congreso que tuvo lugar el 29 de septiembre de 2012. Tras las protestas, varios agentes antidisturbios acudieron a un bar, arrastrando fuera de este a varias personas, golpeándolas varias veces. Una de las personas agredidas por la policía acudió a Urgencias y obtuvo un parte de lesiones que adjuntó a la denuncia por los hechos ocurridos. Sin embargo, el Juzgado de Instrucción número 11 de Plaza de Castilla archivó el caso a pesar de que la denunciante aportó testigos de los hechos y vídeos emitidos por metidos de comunicación sobre la agresión al no apreciar pruebas suficientes. Tampoco la Audiencia Provincial y el Tribunal Constitucional quisieron investigar las agresiones policiales.

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha condenado a España al pago de 1.000 euros de indemnización a la mujer denunciante por daños morales al no haber visto investigada su denuncia en los juzgados españoles.

“Es muy positivo, estamos contentos”, afirma a El Salto el abogado Eric Sanz de Bremond, que ha trabajado junto a la Comisión Legal Sol y Defender a quien Defiende para llevar esta causa hasta Europa. Sanz señala que, además de esta indemnización, a denunciante ya recibió otra, con cargo al Ministerio de Interior, por 750 euros por reparación patrimonial.

El abogado señala como puntos importantes que la sentencia del Tribunal Europeo subraya que la falta de identificación de los agentes de policía puede suponer una vulneración al derecho de una investigación efectiva. Y esta falta de identificación es un problema que se sigue dando. “Ayer, por ejemplo, en Sol estaban los antidisturbios sin el número de placa”, apunta sobre la concentración que tuvo lugar en Madrid por el 8M.

También subraya que, durante todo el proceso, han echado de menos el apoyo de Fiscalía. “Fiscalía se ha opuesto siempre, en cada una de las instancias de este caso, y, de alguna manera, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos está corrigiendo que aquí han fallado la jueza del Juzgado de Instrucción 10, tres magistrados de la Audiencia Provincial y el Tribunal Constitucional”, continúa Sanz de Bremond, quien señala que este no es un caso excepcional. “Lo excepcional es llegar a Europa”, concluye.

Esta condena es la segunda que recibe España del Tribunal Europeo de Derechos Humanos por no investigar casos de malos tratos o torturas por parte de la policia. A mediados de enero, esta misma corte condenó también a España por no investigar casos de tortura bajo la instrucción del ministro de Interior Fernando Grande-Marlaska.

Más información: Estrasburgo vuelve a condenar a España por torturas bajo la instrucción del ministro del Interior Fernando Grande-Marlaska – Gessamí Forner


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