García Castellón se niega a entregar a Podemos los documentos de su investigación “prospectiva” contra el partido

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Manuel García Castellón, magistrado de la Audiencia Nacional

Manuel García Castellón, magistrado de la Audiencia Nacional // David Velasco

El juez Manuel García Castellón ha rechazado la petición de Podemos para que le entregara copia de las actuaciones de la causa en la que ha investigado al partido y a cinco de sus fundadores durante nueve meses de forma “prospectiva”, según resolvió la Sala de lo Penal, que ha obligado a instructor a archivar las actuaciones.

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García Castellón alega que el partido de Ione Belarra no está “personado” ni “imputado” en el procedimiento y añade que la información debe guardarse con “especial sigilo”. Precisamente, la Fiscalía de la Audiencia Nacional reprochó al magistrado la indefensión que suponía para los cinco afectados que se estuviera indagando en sus cuentas y movimientos personales sin ni siquiera estar imputados y la vulneración de derechos fundamentales que ello suponía.

Aunque se centraba en los cinco fundadores, entre ellos Juan Carlos Monedero, y empresas vinculadas a ellos, lo que perseguía el juez era un delito de financiación irregular que se habría cometido antes de crearse el partido en un momento en el que ese delito no existía en el código penal, según le tuvo que recordar reiteradamente la Fiscalía y la Sala de lo Penal al juez.

En el mismo sentido, Podemos ha requerido al juez la mencionada copia de las actuaciones con el objetivo de comprobar si a lo largo de la investigación “se han afectado y de qué modo sus derechos fundamentales” y denuncia la vulneración del derecho a un “proceso equitativo” por la proyección que han dado las numerosas filtraciones de la causa secreta.

Tras verse obligado a cerrar la causa, el juez ha abierto una investigación por blanqueo de capitales a Juan Carlos Monedero, también a partir del informe PISA de la brigada política y los testimonios de Hugo ‘El Pollo’ Carvajal y otros venezolanos a los que ha concedido la condición de testigos protegidos.


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