Gobierno(s) de España: Siete años apretándonos la mordaza

Hoy se cumplen siete años de la aprobación de la reforma de la Ley de Seguridad Ciudadana, conocida como Ley Mordaza. Al inscribir esta modificación legislativa en el BOE allá por el 2015, el PP culminó el proyecto legislativo por el que buscaba dotar al Gobierno de una herramienta burorrepresiva idónea para poner fin al ciclo de protestas y movilizaciones que habían arrancado en 2010 –tres huelgas generales en dos años, el movimiento 15-M, el movimiento de vivienda, etcétera–.

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Varias personas portan una banderola amarilla gigante de Amnistía Internacional que reza ‘Que ni los besos te callen’ en una manifestación contra la ley mordaza,  en Madrid (España) // Jesús Hellín / Europa Press

Como ejemplo de lo que pretendía el partido en el poder, la entonces delegada del Gobierno en Madrid, Cristina Cifuentes, afirmó que la Ley vigente antes de la reforma es «muy permisiva y amplia» con el derecho de reunión y manifestación y que era necesario «modularla» para «racionalizar el uso del espacio público».

De esta manera, el Ejecutivo de Rajoy modificó la Ley de Seguridad Ciudadana para introducir quince nuevas conductas sancionables vinculadas con el ejercicio del derecho de manifestación, como la prohibición expresa de los escraches, de parar desahucios, acampar en la vía pública, manifestarse frente a un Parlamento nacional o autonómico, etc.

Lo más importante de esta Ley es que se trata de una norma administrativa – no Penal – por lo que los agentes de policía que denuncian al ciudadano gozan de presunción de veracidad. En otras palabras, su palabra vale más que la de la persona sancionada. Si un agente dice que X persona ha realizado Y acto, salvo que exista una prueba objetiva que demuestre lo contrario (como, por ejemplo, un vídeo), se presume que lo que dice es cierto. Por eso decimos que lo que ejerce es una suerte de burorrepresión o represión burocrática, mucho más sutil que una detención. En el caso de una detención hay que llevar al ciudadano ante un juez y, a la larga, celebrar un juicio con audiencia pública. En cambio, en un procedimiento administrativo sancionador, como sucede con la Ley de Seguridad Ciudadana, se le solicita a la persona sancionada el DNI, se apuntan sus datos y unas semanas después le llega una multa a casa de la cual se puede defender de una manera muy limitada frente a las manifestaciones de los agentes denunciantes.

Más allá de cómo afectó esta norma a los movimientos sociales, debemos tener en cuenta que, además, la Ley Mordaza regula aspectos de nuestra vida cotidiana, como por ejemplo en qué supuestos nos puede identificar y registrar la policía en la vía pública. Por otro lado, se trata de una ley que blinda e hiperprotege el principio de autoridad, pudiendo imponerse importantes multas por desobedecer a funcionario de policía o por faltarle al respeto.

Pero su alcance no se detiene ahí. La Ley Mordaza también criminaliza la pobreza y la pertenencia a colectivos sociales marginados. Para empezar, porque su reforma aumentó el importe de las multas a imponer, profundizando la brecha entre quienes, con mayor o menor dificultad, pueden hacer frente a una sanción, y quienes no. También penaliza determinadas conductas, como la aceptación de servicios sexuales cerca de colegios o interrumpiendo la seguridad vial –favoreciendo, por tanto, el ejercicio de la prostitución en clubes de alterne– y castiga severamente el consumo de drogas, el botellón, el cultivo de estupefacientes y las actividades relacionadas. En otras palabras, lejos de abordar el problema de las drogas y otros problemas sociales a través de la intervención social se pretende acabar con ellos a golpe de sanción.

Por último, no podemos olvidar que la Ley de Seguridad Ciudadana legalizó las devoluciones en caliente en la frontera sur –las cuales eran una costumbre policial antes de su entrada en vigor–, privando a quienes entran en el país por Ceuta y Melilla de la posibilidad de acceder a la protección internacional de los solicitantes de asilo y a un procedimiento de expulsión con todas las garantías.

En definitiva, se trata de una Ley muy amplia. Su entrada en vigor el 1 de julio de 2015 fue uno de los factores por los que el Gobierno de Rajoy logró poner fin a la etapa de agitación social en las calles como respuesta a la crisis económica, social y de vivienda generada, pero sus efectos se notaron para toda la población en general, no sólo en los movimientos sociales. Por ejemplo, durante sus primeros tres años, distintas policías del Estado multaron a 48 personas al día por «faltas de respeto y/o consideración a la autoridad». Y al año siguiente esta cifra aumentó a 80 multas diarias. Dicho de otro modo, se impuso una multa cada 18 minutos por no respetar a las autoridades. Sanción que no tiene que ser confirmada por ninguna autoridad judicial, sino que se impone directamente por la Delegación de Gobierno. Es el propio afectado el que, si quiere judicializar su expediente, tiene que interponer un recurso contencioso-administrativo.

«Un gran poder conlleva una gran responsabilidad», le dijo el Tío Ben a Peter Parker, a.k.a. Spiderman. Y si este poder no se ejerce con cuidado, se pueden dar situaciones verdaderamente kafkianas, por usar un término suave. Hace tiempo, Pablo Romero citó un ejemplo en este medio relativo a un hombre de 69 años que resultó multado en València por reírse de una foto en la que aparecía una bicicleta de la Policía local en la que se podía leer «Policía loca», al faltar una letra en la pegatina. Y Alejandro Torrús recogió hace unos años otros casos igual de estrambóticos, como la multa dirigida a un ciudadano por dirigirse en catalán a un agente; o la de otros dos ciudadanos que fueron multados por dar a ‘Me gusta’ a un vídeo en Facebook y por fotografías a un coche de Policía que estaba mal aparcado. El caso dantesco más reciente se produjo hace escasos dos días, cuando un padre fue multado – aplicando la Ley Mordaza – porque sus hijos se pusieron a jugar en una comisaría de A Coruña.

El cambio de Gobierno del PP al PSOE primero, y al PSOE y UP después, no supuso ninguna modificación en lo que a la aplicación de la Ley Mordaza se refiere: las distintas autoridades han hecho uso de ella con absoluta normalidad. De hecho, cualquier récord que pudiera existir de cifras de utilización de la Ley Mordaza antes del año 2020 quedó pulverizado durante el primer estado de alarma. La policía pasó a proponer para sanción por desobediencia a 20.000 personas al día en los meses de marzo y abril del año pasado. En tan solo un mes y medio, más de un millón de personas fueron propuestas para sanción (si bien finalmente sólo acabaron tramitándose unas 7.000 multas). Más de un 2% de la población española conoció de primera mano la aplicación de la Ley de Seguridad Ciudadana en ese periodo de tiempo. Por contextualizar con los datos públicos existentes, entre el 1 de julio de 2015 y el 31 de diciembre de 2019 se pusieron en total casi el mismo número de multas (1.009.729) con una cuantía global de 563,3 millones de euros, si se hubieran tramitado todos los expedientes sancionadores.

Por todas las razones explicadas anteriormente, amplios sectores sociales, especialmente de la izquierda, llevan años reclamando la derogación de esta norma. Y tras la aprobación del programa de gobierno de coalición de Unidas Podemos y el PSOE en diciembre de 2019, varios medios recogieron que, por fin, así se haría. Sin embargo, leyendo el punto 5.6 del programa se puede apreciar que únicamente se acordó suavizar algunos de sus aspectos, pero no acabar con la Ley Mordaza en sí. Concretamente, consta en el acuerdo que se reformará la ley existente, con vistas a que la nueva legislación se encuentre «basada en una concepción progresista de la seguridad ciudadana y priorizará la garantía de derechos y la protección de la ciudadanía, y en particular regulará, entre otros, el Derecho de reunión, la identificación y registro corporal, la identificación de los agentes, y la derogación del artículo 315.3 del Código Penal«, que es el artículo ajeno a la Ley de Seguridad Ciudadana, recogido en el Código Penal, relativo a la agravación de las penas por un delito de coacciones cuando los hechos se cometen en el seno de un piquete durante una huelga.

Hace unos meses finalmente pudimos conocer en qué consisten las propuestas concretas para reformar esta Ley, cuya tramitación se encuentra actualmente en trámite parlamentario. Las negociaciones se centran entre los partidos del Gobierno y sus principales socios, en particular con el PNV (que, de hecho, es quien propuso inicialmente llevar a cabo la reforma), ERC y EH Bildu, los grupos que más presión están ejerciendo para que se produzca un cambio de mayor calado.

Los principales puntos que hay sobre la mesa son los siguientes:

1.- Sobre la falta de comunicación a Delegación de Gobierno de la celebración de una manifestación: PSOE y UP plantean que incumplir el trámite de comunicar la celebración de una manifestación no sea motivo para «impedir el ejercicio de las libertades de reunión y manifestación», aunque pueda suponer una infracción. Y, por lo visto, ERC ha ido más allá y ha solicitado que se incluya que los actos de violencia aislados tampoco supongan un motivo de disolución de una reunión pública.

2.- La limitación del material antidisturbios: Recogiendo la propuesta que parte de los movimientos sociales – a través de entidades como Irídia, Ojo con tu Ojo, Novact, etc – ERC ha propuesto que se prohíban las pelotas de goma. Sobre la importancia que tiene acabar con este equipamiento tan dañino, me remito al informe Stop Balas de Goma, que podéis leer pinchando aquí.

3.- La derogación de algunas conductas sancionables: La propuesta de casi todos los partidos del bloque de investidura pasa por derogar los artículos que sancionaban determinadas conductas, como el manifestarse delante de Cámaras Legislativas o trasladar a una persona en coche para que compre droga (las cundas).

4.- Sobre la prohibición de grabar o fotografiar a la policía en el ejercicio de sus funciones: Todos los partidos anuncian que modificarán la norma para que la mera captura y uso de imágenes de agentes de policía en la vía publica no sean sancionables, salvo que generen un peligro cierto a su seguridad personal y familiar. El problema es que ya dijo el Tribunal Constitucional que se trataba de una conducta que no era ilegal, por lo que no propone ningún cambio real.

5.- Sobre las infracciones cometidas por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado: Algunos partidos, como ERC y EH Bildu, proponen añadir un nuevo apartado que sancione los abusos cometidos por agentes de policía, entre laos que incluye no llevar visible en todo momento el número de identificación policial o la actuación indiscriminada contra manifestantes violentos o no violentos.

6.- Sobre el tiempo de retención de una persona a efectos de identificarla: Cuando una persona no lleva su identificación encima, puede ser trasladada a dependencias policiales para ser debidamente identificada. Los socios de Gobierno proponen reducir el tiempo de retención de seis a dos horas (salvo en casos excepcionales). También se debate introducir el derecho de la persona conducida a identificación a ser devuelta al lugar en el que no pudo ser identificada desde la comisaría.

7.- Sobre la responsabilidad de los convocantes de una protesta de los disturbios o daños que se produzcan: Por último, distintos partidos proponen desvincular la responsabilidad del convocante de los disturbios cuando se demuestre que no ha tenido vinculación con los mismos.

Sin duda, muchos de estos cambios son relevantes y pueden suponer importantes mejoras para todo el mundo. Sin embargo, no afectan a muchos de los aspectos más lesivos de la Ley de Seguridad Ciudadana y de la naturaleza de los procedimientos administrativos sancionadores: la policía se sigue encontrando hiperprotegida, sigue contando con presunción de veracidad, la Ley le otorga un margen demasiado amplio de actuación a los funcionarios policiales y los importes de las multas pueden ser elevadísimos. Por no hablar de cómo se ha quedado en el tintero la abolición de las devoluciones en caliente. Por ello, no creo que podamos decir, con honestidad, que estamos ante un proceso de derogación de la Ley Mordaza, sino ante una simple reforma.

Es precisamente por esto por lo que trece organizaciones sociales, unidas por la plataforma No Somos Delito, reclamaron hace dos semanas, frente al Congreso de los Diputados, una reforma de la Ley de Seguridad Ciudadana, «acorde a los derechos humanos». Pidieron que no se «maquille» la ley de Seguridad Ciudadana, sino que se derogue o se modifique «de forma profunda», para evitar la supresión de derechos fundamentales como el de reunión o el de libertad de expresión. Un mes antes, varias manifestaciones a lo largo y ancho del Estado habían solicitado lo mismo.

Como documento de interés, recomiendo el análisis de las distintas enmiendas a la propuesta de reforma que ha hecho No Somos Delito, que se puede leer pinchando aquí.También es interesante leer el comunicado de Amnistía Internacional que lamenta que la propuesta de reforma de la Ley de Seguridad «siga suponiendo una mordaza frente a la protesta pacífica», que podéis encontrar haciendo click aquí.

Sin duda, los movimientos sociales se van a encontrar con resistencias para que la reforma vaya más allá de lo previsto. Porque lo normal es que ningún gobierno quiera derogar por completo una norma de este tipo. Al fin y al cabo la Ley de Seguridad Ciudadana es la herramienta con la que cuenta cualquier Ejecutivo para imponer el orden a base de burorrepresión. Y éste es un poder al que no quiere renunciar ninguna formación.