La Justicia vuelve a condenar al Gobierno de Ayuso por impedir la entrada de CCOO al Zendal

La presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso (c), durante su visita al Hospital público Enfermera Isabel Zendal por su primer aniversario, a 1 de diciembre de 2021, en Madrid (España).

La presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso (c), durante su visita al Hospital público Enfermera Isabel Zendal por su primer aniversario, a 1 de diciembre de 2021, en Madrid (España) // Alberto Ortega / Europa Press

Un juzgado de Madrid ha declarado que el Gobierno de Isabel Díaz Ayuso vulneró los derechos fundamentales de los representantes sindicales y delegados de prevención de Comisiones Obreras (CCOO) al impedirles la entrada al Hospital Enfermera Isabel Zendal y obliga al Ejecutivo a permitir que la organización gremial puede ingresar a todas las instancias del hospital.

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En la sentencia, a la que ha tenido acceso este diario, el juzgado nº 12 de lo Contencioso-Administrativo de Madrid estima así un recurso interpuesto por CCOO contra la orden del Servicio Madrileño de Salud (Sermas) de impedir a los representantes de ese sindicato el acceso al interior del hospital y realizar allí sus funciones sindicales. El hecho impugnado ocurrió el 17 de febrero de este año, cuando el delegado que el sindicato había designado para ese hospital, en sustitución de la compañera que cumplía esas funciones anteriormente, no pudo entrar en las dependencias por una orden de la dirección de recursos humanos del servicio de salud.

Según el recurso, la orden se formuló a pesar de que un juzgado había condenado el mes anterior al Sermas por impedir a los delegados sindicales y de prevención a circular por el hospital; y de que existía un requerimiento por parte de la Inspección de Trabajo a la Gerencia del Zendal –por una denuncia de la Unión Sindical y Técnico Sanitarios (USAE)– para que se permitiera el acceso a todos los representantes sindicales designados como delegados de prevención a todas las dependencias del hospital.

La sentencia considera acreditado que el delegado sindical había sido designado como tal el 6 de julio de 2021, pero que esas funciones no se extendían a las que también realizaba su antecesora como delegada de Prevención. En este sentido, el escrito también indica que el Hospital permitía el acceso a todas las dependencias del hospital sin restricciones a los delegados de Prevención, pero no a quienes son únicamente representantes sindicales: a ellos “se les permite el desempeño de sus funciones en todas las dependencias salvo en las zonas en las que se encuentran los pacientes”. Sin embargo, la jueza recuerda que en el acuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad alcanzado en enero de 2021 se permitía el acceso a los “representantes sindicales a todas las dependencias con la limitación derivada de la necesidad de contar con los medios de protección de riesgos que goza el resto del personal sanitario”.

La titular del juzgado considera por tanto, y en contra de la opinión de la Fiscalía, que la resolución de Recursos Humanos fue no conforme a derecho porque “vulnera el artículo 28.1 de la Constitución”. En su escrito, la magistrada reconoce “el derecho de los representantes legales y delegados de Prevención designados por la Federación de Sanidad y Sectores Sanitarios de CCOO de Madrid” para la realización “de las funciones previstas por los acuerdos alcanzados en la Mesa Sectorial del 29 de enero y el 4 de febrero de 2021” y, de ese modo, su derecho a acceder al interior del complejo y “a todas y cada una de sus dependencias”.

La juez condena así a la Comunidad de Madrid al pago de las costas procesales, que rondan los 600 euros, en una sentencia que puede ser apelada por el Gobierno regional durante un plazo de 15 días.

No es la primera vez que la Justicia falla en contra del Gobierno de Ayuso por este asunto. El pasado enero, el titular del Juzgado nº17 de lo Contencioso-Administrativo de Madrid consideró que se había vulnerado la libertad sindical en el Zendal “por impedir el acceso al centro y no proporcionar los medios necesarios a los y las delegadas sindicales y de prevención de riesgos laborales para desarrollar la labor que tienen encomendada”, recuerda el sindicato. En aquella sentencia, el juez obligó al SERMAS a que la federación sanitaria de CCOO dispusiera dentro del hospital de un local sindical propio con los medios necesarios y adecuados para desempeñar sus funciones.


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