La querella de Villarejo contra Pablo Iglesias no es admitida a trámite al no apreciarse delito alguno

El excomisario se había querellado contra Iglesias, la diputada Gloria Elizo, la abogada de Podemos, Marta Flor Núñez, y la exasesora Dina Bousselham por denuncia falsa en relación al robo del móvil de esta última. Villarejo utilizó el testimonio del exabogado de Podemos, José Manuel Calvente, para denunciar un «montaje» en torno al citado móvil.


Villarejo, absuelto por los delitos de injurias y denuncia falsa

La Sala Segunda del Tribunal Supremo ha inadmitido a trámite, por no ser los hechos constitutivos de ilícito penal alguno, la querella presentada por el excomisario José Manuel Villarejo contra el vicepresidente del Gobierno Pablo Iglesias y la diputada de Unidas Podemos Gloria Elizo por delitos de acusación y denuncia falsa.

El pasado 26 de octubre, José Manuel Villarejo presentó una querella contra
Pablo Iglesias, vicepresidente Segundo del Gobierno; su exasesora Dina Bousselham, la diputada de Podemos Gloria Elizo Marta Flor Núñez, abogada de la formación morada, por los presuntos delitos de acusación y denuncia falsa.

Villarejo denunciaba que los querellados le habían imputado «hechos inciertos con conocimiento de su falsedad y con temerario desprecio hacia la verdad». explicaba el excomisario que a pesar de que se tenía conocimiento de lo incautado en su domicilio desde finales de 2017, «resulta muy sorprendente que determinadas piezas del caso ‘Tándem’ se incoaran desde mediados de 2018», mientras que la número siete, relacionada con el robo del móvil de Dina Bousselham y «el posterior uso que se hizo de los datos que contenía, no arrancara con citaciones hasta marzo de 2019».

Se ha basado Villarejo en la declaración de José Manuel Calvente, abogado despedido de Podemos, quien afirmó que el caso ‘Dina’ fue «un montaje de la cúpula de Podemos». Pedía en su querella la declaración de los cuatro querellados, además de Calvente, estimando que son presuntos autores de este delito de denuncia falsa Iglesias y Bousselham, y en concepto de autoras como cooperadoras necesarias Marta Flor y Gloria Elizo, esta última también en concepto de inductora. Pedía también los ‘chats’ internos de la formación morada aportados por Calvente al juzgado de instrucción número 32 de Madrid.

Pero nada le ha sido concedido; su querella ha sido inadmitida por «insuficiencia del relato fáctico en la descripción de los hechos». El Supremo advierte que inadmite la querella en lo que respecta a los aforados Pablo Iglesias y Gloria Elizo, pero no en cuanto a Bousselham y Marta Flor, por no tener competencia para hacer, teniendo que ser los tribunales ordinarios los que se pronuncien.


+info relacionada: Villarejo creó una coartada para proteger a Inda y Urreiztieta en el caso de la grabación ilegal – laultimahora.es, 05-02-2021