Los 27 aprueban fijar «salarios mínimos adecuados en la UE», a lo que se opuso el PP de Casado en la Eurocámara

Las ministras de Trabajo de Portugal, Ana Mendes Godinho, de España, Yolanda Díaz y de Suecia, Eva Nordmark, en el inicio de un Consejo de Empleo, Política Social, Salud y Consumidores, en Bruselas, Bélgica.

Las ministras de Trabajo de Portugal, Ana Mendes Godinho, de España, Yolanda Díaz y de Suecia, Eva Nordmark, en el inicio de un Consejo de Empleo, Política Social, Salud y Consumidores, en Bruselas, Bélgica // EFE/EPA/STEPHANIE LECOCQ

Salarios mínimos adecuados, suficientes, para las personas trabajadoras en la Unión Europea. Es el mandato negociador sobre la directiva europea que han aprobado este lunes los ministros de Trabajo de los 27 en el Consejo de Empleo y Política Social (EPSCO). Es, además, un mandato análogo al que aprobó el Parlamento Europeo el pasado 25 de noviembre, con el voto en contra de los eurodiputados del PP de Pablo Casado, que se desmarcaron de la posición mayoritaria de los populares europeos.

Hasta tal punto era una posición compartida por la familia europea conservadora, que el alemán de la CDU Dennis Radtke ha sido coponente del informe sobre salarios mínimos aprobado de la comisión de Empleo y para el que se pedía el mandato negociador.

«Hemos dado un paso importante y hemos pasado de las palabras a la acción sobre la dignidad del trabajo en toda la UE. Esta directiva cambia las reglas del juego en la lucha por una Europa Social más fuerte», dijo el conservador alemán Radtke tras el voto en comisión sobre la norma el 11 de noviembre pasado.

El PP español, cuando llegó la hora de votar en el pleno el mandato para negociar el contenido de ese informe con el Consejo y la Comisión, decidió votar en contra, junto con la extrema derecha de Vox.

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Votos en contra el salario mínimo europeo en la Eurocámara, el 25 de noviembre de 2021.

Díaz: «La mejor herramienta»

«No hay mejor manera de festejar la Constitución española que con lo que ha pasado hoy [por el lunes] en el EPSCO [Consejo de Empleo y Políticas Sociales], donde se ha aprobado por los 27 el mandato para negociar la directiva de salarios mínimos», ha afirmado la vicepresidenta y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, en Bruselas a su salida del EPSCO: «Esto entronca directamente con el artículo 35 de nuestro texto constitucional, que habla de retribuciones suficientes para los trabajadores y las trabajadoras y sus familias».

Díaz ha explicado que «el Gobierno de España ha sido avanzadilla en la defensa de la directiva de salarios mínimos, con el comisario Schmit. Por fin Europa va a contar con esa directiva que es la mejor herramienta para luchar contra la pobreza laboral y para garantizar la igualdad retributiva entre hombres y mujeres».

«Hemos venido actualizando el salario mínimo en España», ha dicho la vicepresidenta en Bruselas, «vamos a continuar actualizándolo y vamos a cumplir con la Carta Social Europea y el mandato de terminar la legislatura con un SMI del 60% del salario medio».

Votación en la Eurocámara

El Parlamento Europeo, por su parte, aprobó el pasado 25 de noviembre la apertura de negociaciones sobre una directiva que garantice a todos los trabajadores en la UE un salario mínimo justo y adecuado.

Los eurodiputados confirmaron el mandato negociador acordado en la comisión parlamentaria de Empleo y Asuntos Sociales, con 443 votos a favor, 192 en contra y 58 abstenciones. Las conversaciones con el Consejo pueden comenzar ya, en tanto que los Estados miembros acaban de adoptar su posición negociadora este lunes en Bruselas.

El comisario europeo de Empleo, Nicolas Schmit, celebró la votación del Parlamento Europeo que contó con el no del PP español.

El proyecto de directiva sobre el salario mínimo pretende establecer unos requerimientos mínimos para garantizar un ingreso mínimo que dé a los trabajadores y sus familias un nivel de vida digno. Esto puede conseguirse vía la fijación por ley de un salario mínimo o permitiendo a los trabajadores negociar sus salarios con los empleadores en sistemas de negociación colectiva.

El Parlamento Europeo ha pedido reforzar y extender la cobertura de la negociación colectiva obligando a los Estados miembros donde menos del 80% de los trabajadores están cubiertos por este tipo de acuerdos a tomar medidas para impulsar este instrumento de interlocución social.

Negociación colectiva

El Consejo, por su parte, ha acordado este lunes su posición, en la que defienden «salarios justos que garantizan un nivel de vida digno», algo que es «uno de los principios del pilar europeo de derechos sociales. Para mejorar las condiciones de trabajo y de vida, este proyecto de ley establece un marco para promover niveles adecuados de salarios mínimos legales, promover la negociación colectiva sobre la fijación de salarios y mejorar el acceso efectivo a la protección del salario mínimo de aquellos trabajadores que tienen derecho a un salario mínimo».

«Los países con una alta cobertura de negociación colectiva tienden a tener una proporción menor de trabajadores con salarios bajos y salarios mínimos más altos que aquellos con baja cobertura de negociación colectiva», dicen los 27: «Los ministros han acordado que los países deben promover el fortalecimiento de la capacidad de los interlocutores sociales para participar en la negociación colectiva. Si su cobertura de negociación colectiva es inferior al 70%, también deben establecer un plan de acción para promover la negociación colectiva».

Con el fin de promover la adecuación de los salarios mínimos legales y, por lo tanto, lograr «condiciones de vida y de trabajo decentes, los Estados miembros con salarios mínimos por ley tienen la tarea de establecer un marco de procedimiento para establecer y actualizar estos salarios mínimos de acuerdo con un conjunto de condiciones estables y claras: los salarios mínimos legales se actualizarán de manera periódica y oportuna. Además, su importe podrá ajustarse mediante mecanismos de indexación automática», dicen los 27.

El Consejo reconoce que «en la UE existen grandes diferencias entre los Estados miembros en la cobertura de los trabajadores por convenios colectivos y el nivel de los salarios mínimos. Este es también el efecto de los modelos de mercado laboral muy diferentes en los Estados miembros. Respetando estas diferencias, el proyecto de ley establece un marco de procedimiento para promover una mejor y más efectiva protección del salario mínimo en todos los Estados miembros.

La Comisión Europea presentó su propuesta en octubre de 2020, y ya reconocía que la libertad de los Estados miembros para fijar o no salarios mínimos por ley, en tanto que hay algunos que no lo hacen. Pero sí pedía que fueran «dignos y adecuados».

A partir de ahora, comienzan las negociaciones entre el Consejo, el Parlamento Europeo y la Comisión Europea para acordar un texto final.

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Los 27 acuerdan legislar contra la brecha salarial entre hombres y mujeres

Los ministros de Trabajo de los 27 han acordado este lunes su posición sobre un proyecto de acto legislativo en materia de transparencia retributiva «que contribuirá a luchar contra la actual discriminación retributiva en el trabajo y a eliminar la brecha salarial de género».

La brecha retributiva de género en la UE se sitúa en torno al 14%, lo que significa que las mujeres ganan de media por hora un 14% menos que los hombres. Existen una serie de desigualdades subyacentes a esta brecha salarial. Las mujeres están sobrerrepresentadas en sectores de remuneración relativamente baja, como la atención y la educación; el llamado techo de cristal da lugar a una infrarrepresentación en los puestos directivos; y, en algunos casos, las mujeres ganan menos que los hombres por realizar el mismo trabajo o un trabajo de igual valor.

«Nuestro país ya ha cumplido con esta norma hace muchos meses», ha explicado la vicepresidenta y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, «y nuestro texto es mucho más avanzado, pero es de una enorme trascendencia que en el seno de la Unión Europea contemos con este instrumento jurídico y caminemos hacia la necesaria corrección de una de las mayores lacras y desigualdades en el mundo del trabajo y en la vida entre hombres y mujeres: la idéntica retribución entre hombres y mujeres cuando los puestos de trabajo tengan idéntico valor. Lo que va a hacer esta directiva es incidir en la eliminación de los sesgos de género. Volvemos a España con una enorme alegría y sabiendo que después de muchos meses de diálogo del que hemos formado parte, hemos conseguido que la Unión sea hoy más igual, más justa y más social».

Empoderamiento

«La propuesta tiene por objeto empoderar a las trabajadoras para hacer valer su derecho a la igualdad de retribución para un mismo trabajo o para un trabajo de igual valor entre hombres y mujeres, a través de un conjunto de medidas vinculantes sobre transparencia retributiva», afirma el Consejo de Empleo y Políticas Sociales (EPSCO).

Los 27 consideran que «los trabajadores y sus representantes tienen derecho a solicitar y recibir información sobre su nivel retributivo individual y sobre los niveles retributivos medios, desglosados por sexo, para los trabajadores que realicen el mismo trabajo o un trabajo de igual valor. Además, los empleadores deben indicar el salario inicial o la banda retributiva que se pagará a los futuros trabajadores, ya sea en el anuncio de la vacante de empleo o antes de la celebración del contrato de trabajo».

De esta manera, los empleadores que tengan una plantilla mínima de 250 personas deben presentar anualmente información relativa, por ejemplo, a la brecha salarial entre mujeres y hombres en su empresa. Los empleadores deben compartir esta información con su autoridad nacional competente y también pueden publicarla. Asimismo, deben facilitar esta información a sus trabajadores y a los representantes de estos.

En los casos en que esta información salarial demuestre una diferencia en el nivel salarial medio entre trabajadoras y trabajadores de al menos un 5% y el empleador no haya justificado esta diferencia con criterios objetivos y neutrales en cuanto al género, los empleadores con al menos 250 trabajadores tendrán que proceder a una evaluación retributiva conjunta en cooperación con los representantes de sus trabajadores.

Los Estados miembros deben garantizar que existan procedimientos judiciales a los que puedan recurrir los trabajadores que se consideren perjudicados por la no aplicación del principio de igualdad de retribución. También deben establecer normas sobre las sanciones, que pueden incluir multas, para las empresas que incumplan los derechos y obligaciones relacionados con el principio de igualdad de retribución.

En marzo de 2021 la Comisión Europea presentó la propuesta de directiva. Ya en junio de 2019, el Consejo había pedido a la Comisión que adoptara medidas para mejorar la transparencia retributiva.

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