El artículo del teniente coronel Enrique Área, sancionado por el Tribunal Supremo, fue publicado en uno de los principales portales ultras de difusión de bulos y desinformación.
Fachada del Tribunal Supremo en Madrid // Fernando Sánchez
Sanción económica disciplinaria de ocho días. Ese ha sido el castigo que el Tribunal Supremo ha impuesto al teniente coronel en la reserva Enrique Área “por quebrantar el deber de neutralidad política”. Lo hizo en agosto de 2018 a través de un artículo publicado en un portal web bajo el título “El teniente coronel Enrique A.S. advierte a los dirigentes separatistas: No les quepa la menor duda que si no entran en razón, nos quedaría la solución armada con toda su contundencia”.
La Sala de lo Militar del Alto Tribunal considera que “concurren todos los requisitos legalmente exigidos para calificar su conducta como una falta grave consistente en efectuar con publicidad manifestaciones o expresar opiniones que supongan infracción del deber de neutralidad política, prevista en el artículo 7, apartado 32, del Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas”, se explica en el comunicado.
En el texto se afirmaba de manera textual que, si no se consigue una buena voluntad por las dos partes, en referencia al Estado español y a Catalunya, “como militar nos quedaría la solución armada en la que se aplicará la Ley del Estado con toda su contundencia…”. Asimismo, realizaba críticas a la Ley de la Memoria Histórica y se refería a la “extrema morada izquierda que quiere dilapidar la nación española como los artistas políticos del sexenio revolucionario”.
La Sala señala que el texto fue firmado como “Teniente Coronel de Infantería y Doctor por la Universidad de Salamanca” en un momento en el que este se encontraba en la reserva. Por ello, todavía estaba sujeto al régimen disciplinario de los miembros de las fuerzas Armadas: “La ostentación de la condición militar y del empleo de Teniente Coronel en el artículo en cuestión […] así como la propagación de dicho artículo en un medio de acceso libre de comunicación social, […] denotan la incuestionable concurrencia del dolo exigible como elemento subjetivo del tipo disciplinario aplicado”.
“Bulos y desinformación”
El portal web en el que fue publicado es Alerta Digital, definido por infoLibre como una “fábrica de noticias falsas” comandada por el que fuera el jefe de prensa de Jesús Gil, José Armando Robles Valenzuela.
Un estudio de la Fundación Rosa Luxemburgo, coordinado por el colaborador de lamarea.com Miquel Ramos, incluye a la web en la sección dedicada a “Medios o portales generadores de bulos y desinformación”. Como se explica en el informe, “en el medio participan otras personalidades relacionadas con la ultraderecha nacionalcatólica de España”.
En la actualidad, Alerta Digital se encuentra pediente de un juicio que podría acabar dictaminando su cierre “por sus constantes mensajes de odio y bulos hacia colectivo LGTBI y la población racializada”.
Por este motivo, dos de sus colaboradores y el propio director del medio han sido denunciados. Uno de los demandados es Custodio Ballester, que en la actualidad ejerce como cura y que antes fue militar. Son conocidas sus proclamas contra el colectivo LGTBI o los migrantes y a favor del franquismo: “La represión tendría que haber sido mayor para así evitar muchos de nuestros actuales males”, ha llegado a señalar.
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